Seguridad alimentaria y su etiquetado
La normativa española en materia de etiquetado de los productos alimenticios establece las siguientes exigencias para la etiqueta:
• Debe ser legible, comprensible y fácilmente visible.
• Es obligatorio que diga la verdad y no puede inducir a error sobre las características del producto.
• No puede atribuir al producto efectos o propiedades que no posea, ni sugerir que tiene características especiales cuando otros productos similares también las tengan.
• No puede atribuir al producto propiedades terapéuticas o curativas de una enfermedad (exceptuando las aguas minerales y los productos destinados a una alimentación especial, como pueden ser, por ejemplo, los alimentos sin gluten para enfermos celíacos).
DATOS QUE APORTA LA ETIQUETA
De acuerdo con la actual normativa, la etiqueta tiene que indicar:
❚ Siempre:
• Nombre o denominación de venta del producto alimenticio.
• Nombre y domicilio del fabricante, envasador o de un vendedor establecido dentro de la Unión Europea.
❚ En la mayoría de los casos:
• Lista de ingredientes.
• Contenido neto (volumen o peso).
• Fecha de caducidad o de consumo preferente.
• Número de lote.
❚ A veces, dependiendo del tipo de producto:
• Condiciones especiales de conservación.
• Modo de empleo o preparación.
• Etiquetado nutricional: indica sus propiedades nutritivas.
• País de origen o procedencia.
• Grado alcohólico.
• Indicación cuantitativa de determinados ingredientes.
• Categoría de calidad, variedad y origen (frutas, verduras, etc.).
• Clase o tipo de canal de procedencia y la denominación comercial de la pieza, código o número, etc. (carnes)
• En pescados y mariscos: nombre científico de la especie, método de producción (de la pesca o de acuicultura), zona de captura, forma de presentación comercial (entero, filetes…), etc.
En la etiqueta de la mayoría de los alimentos aparece el código de barras, que no ofrece ninguna información útil al consumidor. Básicamente, se trata de un sistema de control para el fabricante y el distribuidor.
Con carácter general, la información obligatoria deberá figurar en el envase o en una etiqueta unida al mismo, si bien hay casos, por ejemplo, el de las carnes, en los que podrá aparecer en carteles. En el caso de la venta fraccionada, el establecimiento debe conservar la documentación del producto hasta el final de su venta y tenerla a disposición de las autoridades y de los consumidores.
Los aditivos
Los aditivos son sustancias que se añaden a los alimentos para que mantengan sus cualidades o recuperen algunas que han perdido durante su transformación. Pueden ser sintéticos o naturales, y sólo se autorizan en cantidades controladas y para determinados productos. Buena parte de los productos que consumimos no podrían existir sin su empleo. Por su función en los alimentos, se clasifican en:
• Colorantes: añaden o devuelven al alimento su color original.
• Acidulantes: acidifican el alimento, retrasando el desarrollo de hongos y bacterias.
• Espesantes, gelificantes, emulsionantes y esta-bilizadores: además de las funciones inherentes a su nombre, favorecen la retención de agua y evitan la formación de cristales.
• Edulcorantes y potenciadores del sabor: realzan el sabor del alimento. Los aditivos autorizados aparecen en la lista de ingredientes que figura en el etiquetado de un producto alimenticio. Los países de la Unión Europea utilizan la letra «E»(de Europa), seguida de un número de tres o cuatro cifras que va precedido del nombre de la categoría a la que pertenece (colorante, conservador, antioxidante…). Los aditivos también pueden mencionarse por su nombre completo. (Ej: sacarina o E-954; ácidoláctico o E-270, etc.).
Periódicamente y de forma anónima se divulgan unas listas de aditivos a los que se atribuyen riesgo y peligrosidad, y que aparecen firmadas por doctores y centros hospitalarios inexistentes. En una de estas listas aparece, por ejemplo, el ácido cítrico o E-330 como el “más peligroso y cancerígeno”, cuando su inocuidad está científicamente demostrada, ya que este ácido está ampliamente distribuido en las células vivas, tanto vegetales como animales, y es muy abundante en los frutos cítricos, como el limón. Esta lista ha sido desmentida por las autoridades sanitarias y por las asociaciones de consumidores de países de la Unión Europea en numerosas ocasiones. Incluso existen sentencias judiciales en contra de quienes la defienden.
Preguntas: